Protegemos Tu Creación, Tu Obra

Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos

Nuestra Misión

En un mundo cada vez más digital y acelerado por los avances tecnológicos, el progreso en la innovación y la creatividad, proteger las creaciones intelectuales es más crucial que nunca.

Nuestra misión primordial es entregar a nuestros clientes una asesoría clara y detallada sobre la importancia que tiene realizar el registro de una obra intelectual, y gestionar todos los antecedentes y respaldos necesarios para su gestión, promoviendo el desarrollo cultural y  patrimonial, conforme lo estipula el marco legal vigente y los convenios internaciones relacionados a propiedad intelectual. 

Nuestros Servicios

A través de nuestro servicio de asesoría experta y soluciones personalizadas, nos dedicamos a asegurar y proteger el valor de las creaciones intelectuales. 

Gestionamos la revisión y validación de la documentación exigida por la autoridad competente, necesaria para concretar el registro de una obra intelectual, respaldos digitales y físicos, poderes de representación, formularios y otros.

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DERECHO DE AUTOR

El derecho de autor es un conjunto de derechos exclusivos que adquieren, por el solo hecho de la creación, los autores y autoras de obras de la inteligencia en los dominios literarios, artísticos y científicos, cualquiera sea su forma de expresión, y los derechos conexos que ella determina.

Protege la forma en que se expresan y plasman en un resultado concreto las ideas, no las ideas en sí mismas.

Su objetivo es proteger la obra creativa del autor, garantizando que él o ella tenga el control exclusivo sobre el uso y distribución de su obra.

El derecho de autor es un derecho de propiedad, lo que significa que nadie tiene derecho a apropiarse de el o usarlo sin autorización del autor, el creador es titular de un derecho de propiedad sobre su creación. 

DERECHOS CONEXOS

Dentro del ámbito de la propiedad intelectual además del derecho de autor, existen otro tipo de derechos: los conexos.

Los “derechos conexos” son los derechos de propiedad que la ley reconoce a personas que, sin ser autores, realizan actividades relacionadas con la creación, en ciertas formas específicas, generalmente de difusión.

Los derechos conexos se encuentran vinculados al derecho de autor de la obra que es interpretada o ejecutada, fijada, grabada o reproducida. No obstante, su existencia no afecta al derecho del autor ni a otros derechos conexos referidos a la misma obra. Todos pueden coexistir.

BENEFICIOS DE REGISTRAR UNA OBRA INTELECTUAL

PROTECCIÓN

Facilita la protección del derecho de autor frente a terceros constituyéndose como un medio de prueba y publicidad. La ley genera una presunción a favor de la persona a quien, según la inscripción, pertenezca la obra registrada.

CONEXIÓN CON TERCEROS

El registro permite a terceros que quieran utilizar una obra trazar la conexión con el titular de la misma, facilitando su movimiento para un mejor uso en los diferentes eslabones de la cadena de creación y difusión.

TITULAR DEL DERECHO DE AUTOR

En propiedad intelectual es quien puede ejercer el derecho de autor o conexo, como dueño de todo o parte de los mismos, y es quien puede usar, gozar y disponer de la obra, prestación artística o contribución conexa.

ACTORES RELEVANTES EN PROPIEDAD INTELECTUAL

La propiedad intelectual esta legislada en la Constitución Política de la Republica de Chile, leyes interna, Tratados Internacionales y Bilaterales.